Este próximo viernes se celebra el día internacional para la eliminación de la violencia contra las mujeres. ¿ Y por qué esta fecha?

Ese día fue instaurado en el I Encuentro feminista de Latinoamérica y del Caribe, celebrado en Bogotá (Colombia) en 1981, dándole carácter oficial por la ONU en 1999, en su resolución 54/134.

Se eligió el 25 de noviembre para conmemorar el violento asesinato de las hermanas Mirabal (Patria, Minerva y María Teresa), tres activistas políticas asesinadas el 25 de noviembre de 1960 en manos de la policía secreta del dictador Rafael Trujillo en la República Dominicana.

Esta conmemoración pretende denunciar la violencia que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y reclamar políticas en todos los países para su erradicación.

Pero ¿de qué hablamos cuando nos referimos a violencia de género? Se trata de una violencia que afecta a las mujeres por el mero hecho de serlo. Constituye un atentado contra la integridad, la dignidad y la libertad de las mujeres, independientemente del ámbito en el que se produzca. Por tanto, entendemos por violencia de género y según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en su art. 1: como la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

Hemos de destacar que, en Galicia, se considera violencia de género, no sólo la que ejercen aquellos hombres que hayan estado ligados a las mujeres por haber sido sus parejas o por tener relaciones similares de afectividad, sino que se considera violencia de género cualquier acto violento o agresión, basados en una situación de desigualdad en el marco de un sistema de relaciones de dominación de los hombres sobre las mujeres que tenga o pueda tener como consecuencia un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas de tales actos y la coacción o privación arbitraria de la libertad, tanto si ocurren en el ámbito público como en la vida familiar o privada.

Es importante reseñar que se han ido reconociendo otro tipo de violencias machistas a medida que los asesinatos se iban incrementando en el tiempo, por tanto ahora también se incluye la violencia vicaria, entendida esta como el homicidio, asesinato o cualquier otra forma de violencia ejercida sobre las hijas o hijos de la mujer, así como sobre cualquier otra persona estrechamente unida a ella, con la finalidad de causarle mayor daño psicológico, por parte de quién sea o haya sido su cónyuge o por quien mantuvo con ella una relación análoga de afectividad aun sin convivencia. Y en el año 2021 el Parlamento de Galicia ha aprobado la Ley 15/2021, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley regional 11/2007, de 27 de julio, para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, incluyendo dentro del ámbito de protección de aquella ley, a las mujeres que padecen la denominada violencia de género digital, ya que con los avances en las nuevas tecnologías, se han incrementado las denuncias sobre violencia de control, amenazas o violencia psicológica a través de teléfonos móviles y otros dispositivos digitales, por lo que resulta necesario definir el concepto de ciberdelincuencia y, de forma específica, la que se ejerce sobre la mujer.

La violencia de género digital engloba todas las conductas de violencia de género que se ejercen a través de las nuevas tecnologías, de las redes sociales o de Internet pero también la grabación y difusión de imágenes tomadas sin consentimiento, sea en el ámbito público o en el privado, que supongan una humillación o vejación de las mujeres, así como la distribución en la red de imágenes o datos comprometidos de contenido sexual, usurpación de la identidad de la víctima o creación de perfiles falsos para desprestigiar a la víctima, dar de alta el correo electrónico de la víctima en sitios web para estigmatizarla o ridiculizarla, acceder digitalmente al ordenador de la víctima para controlar sus comunicaciones con terceros, control del dispositivo móvil y sus comunicaciones, que son ejemplos de la facilidad que tiene Internet para alcanzar a una mujer víctima de violencia de género sin necesidad de tener contacto físico con ella.

Y como no podía ser de otra manera, dado que siempre estos días se han centrado únicamente en campañas de sensibilización relativas a las mujeres, con el objetivo de hacerles sentir apoyadas y que no están solas en su lucha, este año la campaña del Gobierno, trata de incorporar a los hombres, con una campaña de concienciación social con el lema en forma de pregunta «¿Entonces Quién?», para interpelarlos como causantes de las violencias contra las mujeres y, al mismo tiempo, como parte imprescindible para el fin de estas violencias. Porque sin ellos no acabaremos con el machismo y con la violencia contra las mujeres. Porque el feminismo necesita a los hombres para acabar, de una vez por todas, con el machismo.

Ojalá que en un futuro no muy lejano este día haya pasado al olvido.